Entre 90 y 360 días
RECOBRO DE AUTONOMÍA MAYOR A NOVENTA (90) DÍAS Y MENOR A TRESCIENTOS SESENTA (360) DÍAS
Se efectúa sí un piloto privado o en actividad privada, desea reanudar su actividad de vuelo después de un receso mayor de noventa (90) días, pero menor de trescientos sesenta (360) días, y deberá cumplir con los siguientes requisitos para reanudar su actividad como piloto privado.
·CURSO DE REPASO ESCUELA DE TIERRA.
Se define como repaso de escuela de tierra al que se imparte al personal de pilotos de AEROFLY LSA, y cuyo objetivo es proporcionar conocimientos específicos sobre los sistemas de la aeronave, su motor y sus componentes.
El curso deberá tiene un total de catorce (14) horas de instrucción, en los temas requeridos en la sección 61.256 (b)(1) del RAC 61. Adicionalmente, AEROFLY LSA, determina el entrenamiento en Dispositivo Entrenador de Vuelo de dos (2) horas, de acuerdo a lo requerido en la sección 61.256 (b)(3) del RAC 61.
TOTAL 14 horas de instrucción en tierra y 2 horas de Simulador de Vuelo
CURSO DE REPASO ENTRENAMIENTO EN VUELO
De acuerdo a lo requerido en la sección 61.256 (b)(2) del RAC 61, se efectuará un entrenamiento en vuelo de un turno de dos (2) horas de entrenamiento de vuelo y se registrará en el formato de chequeo de vuelo (FT-02) avalado por un Instructor de Vuelo de Aerofly LSA.
Total 2 horas de curso de Entrenamiento en Vuelo